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Agenda

Factura Electrónica Obligatoria

Tras la aprobación del reglamento del artículo 12 de la Ley 18/2022, la emisión de facturas electrónicas será obligatoria para empresarios y profesionales con el siguiente calendario:

  1. Para empresarios y profesionales con un volumen de operaciones superior a 8.000.000 de euros, dentro de 1 año desde la aprobación del reglamento.
  2. Para empresarios y profesionales con un volumen de operaciones inferior a 8.000.000 de euros, dentro de 2 años desde la aprobación del reglamento.

El proyecto de Real Decreto que desarrolla la ley 18/2022, en lo que respecta a la facturación obligatoria entre empresas y profesionales, se encuentra en fase de consulta pública desde el 20 de junio de 2023.

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