Desde el 5 de octubre de 2026, el transporte de mercancías por carretera en España da un paso decisivo hacia la digitalización: el documento electrónico de control administrativo, conocido como documento DECA, pasa a ser obligatorio para el transporte público de mercancías de ámbito nacional y de cabotaje. Si tu empresa se dedica al transporte terrestre, es el momento de conocer en qué consiste esta obligación, qué dice la normativa y cómo prepararte con tiempo.

¿Qué es el documento DECA?

El documento DECA (documento electrónico de control administrativo) es la versión digital del documento de control que deben portar los vehículos que realizan transporte público de mercancías por carretera. Sustituye al tradicional documento de control en papel y permite cumplimentar, conservar y presentar ante los agentes de la autoridad toda la información del servicio de transporte por medios electrónicos, en lugar de en formato impreso.

Marco legal: el Real Decreto 1211/1990 y su desarrollo normativo

La obligación de portar un documento de control administrativo durante el transporte de mercancías no es nueva: ya la establece el artículo 222 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). Este artículo obliga a los transportistas a llevar a bordo el documento de control debidamente cumplimentado y permite que se complete por medios electrónicos siempre que se cumplan las características técnicas fijadas por la Administración.

Sobre esa base, distintas normas han ido perfilando y actualizando el documento DECA:

  • Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, que regula el documento de control administrativo exigido en el transporte público de mercancías.
  • Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, que fija el calendario definitivo para la digitalización obligatoria de este documento.
  • Resolución de 5 de junio de 2026, que actualiza las especificaciones técnicas del documento electrónico DECA (aplicaciones informáticas de gestión, formatos de archivo y direcciones web para su descarga), sustituyendo a la resolución anterior de 2023 y eliminando el requisito de registro previo de dominios.

¿Cuándo es obligatorio el documento DECA?

La fecha clave es el 5 de octubre de 2026: a partir de ese día, el documento de control administrativo del transporte público de mercancías por carretera debe ser necesariamente digital. La normativa no contempla ningún periodo adicional de gracia posterior a esa fecha en el que el incumplimiento quede exento de sanción, por lo que conviene tenerlo todo preparado antes de que llegue.

Esta obligatoriedad se aplica al transporte nacional y de cabotaje dentro del territorio español. El transporte internacional queda al margen: en estos casos se siguen empleando los documentos de control establecidos en los convenios internacionales suscritos por España, tal y como recoge el propio artículo 222 del Real Decreto 1211/1990.

¿A quién afecta el documento electrónico de control administrativo?

  • Transportistas que realizan transporte público de mercancías por carretera en servicios nacionales o de cabotaje: deben utilizar el documento DECA desde el 5 de octubre de 2026.
  • Transporte privado complementario (empresas que transportan mercancías propias como actividad accesoria a su negocio principal): no están obligadas a emplear el documento DECA, aunque sí deben seguir acreditando la documentación que demuestre el cumplimiento del artículo 102.2 de la Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres, relativa a la propiedad de la mercancía y a la integración del vehículo y el conductor en la empresa.
  • Transporte internacional: no está sujeto al documento DECA; se rige por los documentos de control de los convenios internacionales correspondientes.

¿Cómo funciona el documento DECA en la práctica?

El documento debe cumplimentarse por medios electrónicos siguiendo las características técnicas que fija la Resolución de 5 de junio de 2026, que regula las aplicaciones informáticas utilizadas para su gestión, los formatos de archivo electrónico en que se materializa y las direcciones web desde las que se puede descargar.

Algunos aspectos prácticos a tener en cuenta:

  • El documento puede modificarse durante la ejecución del servicio si surge algún cambio necesario.
  • Es posible agrupar varios servicios de transporte en un mismo documento.
  • El conductor debe llevar la documentación accesible a bordo del vehículo para poder mostrarla a los agentes de la autoridad cuando se lo requieran.

Preguntas frecuentes sobre el documento DECA

¿Es obligatorio el eCMR para el transporte internacional a partir del 5 de octubre de 2026? No. El documento DECA solo es obligatorio para el transporte nacional y de cabotaje. En el transporte internacional se siguen utilizando los documentos de control previstos en los convenios internacionales suscritos por España.

¿El transporte privado complementario debe llevar el documento DECA? No. La normativa exige el documento DECA únicamente en el transporte público de mercancías por carretera. El transporte privado complementario queda exento, aunque debe seguir acreditando la documentación exigida por el artículo 102.2 de la Ley 16/1987.

¿Existe un periodo transitorio o de gracia sin sanciones tras el 5 de octubre de 2026? No. La fecha del 5 de octubre de 2026 se establece como el momento en que el documento debe ser necesariamente digital, sin que se prevea una fase adicional posterior en la que el incumplimiento quede libre de sanción.

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